VISIÓN
Ser una dirección con un alto nivel de profesionalidad y eficiencia, comprometida con la regulación del buen desempeño de las actividades acuáticas turísticas en las costas del país.
DIRECCIÓN DE OPERACIONES ACUÁTICAS (DOA)
Fue creada para garantizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades acuáticas de recreo y pesca con turistas en el litoral costero y los espacios marítimos, con el propósito de fortalecer la seguridad en los polos y destinos turísticos del país, y contribuir a la preservación del medio ambiente costero marino.
En repuesta al Decreto núm.47-19 del Poder Ejecutivo, en el cual se les instruye a varias instituciones del Estado, diagnosticar los desafíos en materia de seguridad turística, la Armada de República Dominicana dispone que la Dirección de Operaciones Terrestre, pasa a ser Dirección de Operaciones Acuáticas (DOA), ARD., dependiente del Comando Naval de Capitanías de Puertos y Autoridad Marítima, la cual solo operaba en la Zona Naval Este del país, y que a partir de la siguiente disposición, comenzará a operar en las demás Zonas Navales (Zona Norte, Zona Central y Zona Sur), a los fines de garantizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades acuáticas de recreo y pesca con turistas en el litoral costero y los espacios marítimos de los distintos polos turísticos del país, para salvaguardar la seguridad de la vida humana de los turistas en el mar. Sus actividades son llevadas a cabo de manera conjunta con los ministerios de Turismo, Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como el Cuerpo Especializado de Seguridad Turísticas y el Servicio Nacional de Protección Ambiental.